miércoles, 3 de diciembre de 2008

Derechos del Trabajador


Realizado por María Victoria Liambo

INTRODUCCIÓN:_

El Derecho laboral es una rama del Derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano, productivo, libre y por cuenta ajena.

De esta manera, el concepto de trabajo al que presta atención el Derecho laboral es la actividad realizada por un humano que produce una modificación del mundo exterior, a través de la cual aquél se provee de los medios materiales o bienes económicos que precisa para su subsistencia (productividad), y cuyos frutos son atribuidos libre y directamente a un tercero.

El fenómeno social del trabajo genera unas relaciones asimétricas entre las partes contratantes, en las que existe una parte fuerte (el empleador) y una parte débil (el empleado). Por ello, el Derecho laboral tiene una función tuitiva con respecto al trabajador, tendiendo sus normas a restringir la libertad de empresa para proteger a la parte débil frente a la fuerte, y persiguiendo así fines de estructuración social tutelada.

El Derecho laboral es el resultado de los aportes de muchos sectores sociales. Al final, no le quedó más remedio a los gobiernos que acceder a las demandas de los trabajadores, iniciándose así el intervencionismo del Estado, en la regulación de las relaciones entre obreros y patrones.

Poco a poco el trabajador que presta sus servicios subordinadamente ha pasado de ser un esclavo en la Edad antigua, un siervo de la Edad Media (conocido también como el siervo de la gleba), a un sujeto con derechos y libertades en la actualidad. El Derecho ha venido a regular condiciones mínimas necesarias para una estabilidad social. Las revoluciones Rusa y Mexicana de 1917 comenzaron una tendencia mundial a que los trabajadores reivindicaran sus derechos; sin embargo, en el resto del mundo, no es sino hasta después de la Segunda Guerra Mundial que se reconocen los derechos modernos de los trabajadores, a saber: el derecho a la huelga, el derecho al trabajo, el derecho de sindicación y a la negociación colectiva.

Hay definiciones filosóficas, económicas y físicas del trabajo. No obstante, para el Derecho laboral la que importa es la rige el trabajo subordinado. La actividad del médico independiente o del artista, u otros profesionales independientes, están fuera del interés del Derecho laboral. Donde cese la subordinación, cesa la aplicación del derecho laboral.

La ley es la más importante de las fuentes del Derecho laboral. Es la expresión máxima del intervencionismo del Estado en esta materia.- La ley es la fuente mas importante del derecho laboral, puesto que cada Estado dentro su legislación tendrá su ordenamiento jurídico respecto del trabajo y dichas disposiciones tendrán que ser acatadas tanto por empleadores como empleados dentro de determinada jurisdicción.

Códigos laborales

Muchos ordenamiento jurídicos, especialmente en Latinoamérica, iniciaron la tendencia de separar la legislación laboral de la civil, y elaborar códigos especializados sobre la materia, muchos de ellos basados en los principios cristianos de justicia social (manifestados en documentos de la Iglesia Católica, como las Encíclicas Rerum Novarum, Cuadragésimo Anno, Mater et Magistra y Laborem Exercens, entre otras), de donde se extraen los principios tales como: salario mínimo, derecho de sindicalización y la negociación de convenciones colectivas.-El código laboral de cada estado es aquel que contendrá las disposiciones legales que regularan las relaciones laborales, puesto que contendrá todos aquellos derechos y obligaciones para empleadores y trabajadores, así como también estipulara todas aquellas sanciones en caso de infracciones a las normas legales.

DESARROLLO:

Plan nacional de erradicación del trabajo infantil y protección a las personas adolescentes trabajadoras.

RESUMEN EJECUTIVO

Este plan encuentra sus bases en la Carta Magna y

una legislación nacional que se armoniza con los derechos humanos universales, en particular con los convenios fundamentales internacionales que ha ratificado, entre los que destacan la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), y los Convenios 138 y 182 de la Organización, Internacional del Trabajo (OIT), relativos a prevenir y proteger a las personas menores de edad de la explotación económica y laboral.

En este marco el plan toda persona con menos de 18 años, distinguiendo a dos grupos menores d edad y un grupo de adolescentes con 18 años en adelante con el fin de asegurar protección y bienestar.

Las personas menores de edad en situación de explotación se lo denomina:

-Por trabajo infantil, esto se lo denomina así por que toda persona menor de edad (menor18 años) que presenta explotación económica ,menta y física.

-Por “trabajo adolescente, personas con 18 años es permitido

legal y protegido según las normativas especiales en materia laboral.

El Estado panameño, consciente del cumplimiento de los acuerdos suscritos de

nivel internacional, conforma una instancia asesora encargada de coordinar la

atención integral y la protección de los niños, las niñas y adolescentes contra

toda clase de explotación económica y laboral, el Comité para la Erradicación

del Trabajo Infantil y Protección de la Persona Adolescente Trabajadora

(CETIPPAT).

Visión del Plan

Dice que en el lapso de 5 años la sociedad panameña va a estar mas sensibilizada,

consciente y preactiva, en la q se respetan los derechos de todas las personas que ha erradicado las peores formas de trabajo infantil, que ha logrado disminuir el número de 4 personas por debajo de la edad mínima y dar garantías de los derechos laborales del adolescente de dicadas al trabajo laboral con edad para trabjar.

Misión del Plan

Los tres Órganos del Estado, las organizaciones empresariales y sindicales, y la

sociedad civil, con participación de los niños, las niñas y adolescentes

trabajadores y sus familias, asumen, y cumplen responsablemente los

propósitos, contenidos en la legislación nacional; encaminados a prevenir y erradicar el trabajo infantil, en especial sus peores formas de manera más inmediata, y a proteger a las personas adolescentes que participan del mercado de trabajo.

Objetivos Generales del Plan Nacional

Metas Globales, indicadores de logro Se ha disminuido el número de niños, niñas y adolescentes que están por debajo de la edad permitida para trabajar

Para el año 2011 el 70% de éstos no están trabajando por debajo de la edad permitida

Se insertan en el sistema educativo formal.
Sito 3 de los objetivos a cumplir
Objetivo1

Avanzar en la erradicación del trabajo infantil en personas menores de la edad legalmente permitida Acuerdos internacionales y nacionales para erradicar el trabajo infantil se están cumpliendo El 50% de los acuerdos se cumplirán en el año 2011.

Ningún niño, niña ni adolescente trabaja en las peores formas El 90% de niños, niñas y adolescentes retirados de las peores formas de trabajo infantil en el año 2011.

Se tienen instituciones fortalecidas que vigilan que no existan las peores formas de trabajo infantil.

El 90% de las instituciones involucradas fortalecidas para erradicar las peores formas de trabajo infantil

en el año 2011.

Objetivo2

Erradicar las peores formas de trabajo infantil Monitoreo y seguimiento

Todas las personas adolescentes trabajadoras registradas en el MITRADEL ejercen su trabajo dentrode los parámetros legales.

Objetivo3.

Garantizar que el trabajo adolescente se realice con El porcentaje de registro de Se aumenta en un 20%.

Componentes estratégicos del Plan

1. Sensibilización, capacitación y comunicación, sobre compromisos nacionales

e internacionales en trabajo infantil, sus peores formas, protección de las

personas adolescentes trabajadoras, derechos de los niños, las niñas y

adolescentes y movilización social

Indicadores de logro:

-50% de los acuerdos y legislaciones nacionales e internacionales sobre la

erradicación del trabajo infantil.

- políticas públicas con el tema del combate al trabajo infantil

incorporado en sus prioridades

-100% de población vinculada con las personas menores de edad en

trabajo infantil y adolescente, sensibilizada y capacitada en las áreas

urbanas y rurales.

-Aumento de un 5% anual de actores claves sensibilizados

-15,000 docentes y padres, madres y responsables de los centros educativos

oficiales y particulares del país, sensibilizados y capacitados en la

erradicación del trabajo infantil al año 2011

-100% del personal de salud capacitado y sirviendo de agentes

multiplicadores desde sus funciones

-80% de empleadores, firman los acuerdos de respeto de los derechos de

las personas trabajadoras adolescentes que contratan, al año 2011

-Aumento de empresas sin niños, niñas y adolescentes trabajando en

peores formas del trabajo infantil

-Aumento de empleadores participando en acciones contra las peores

formas del trabajo infantil

estos son algunos de los indicadores de logro del plan nacional CETIPPAT.

Conclusión

En Argentina la situación laboral es complicada, hay un gran índice de pobreza, gente desocupada y personas que por tener un cierto estado d salud ( gordura) y demás cosas.. sufren discriminación por tener ese problema mas aya de que estén capacitadas para ese trabajo en el cual se presentaron.

También personas q por problemas económicos. Y porq no tienen lo recursos no pudieron terminar la escuela no lo toman para ningún trabajo de ningún tipo.

El tema de la explotación infantil es un tema aberrante chicos que en ves d estar en la escuela estudiando, agrediendo tienen que salir a trabajar por necesidad para poder llevar plata a su casa y así pueden comer.

En el diario clarín en el 2006 kirchner habló sobre el indice de desocupación en la Argentina que había bajado un 10.4%.

Actualmente el INDEC anuncio que el porcentaje de desocupación bajo un 8,0 %a mediados del segundo trimestre del año por debajo del 8,5 %registrado en igual período de 2007.

Bibliografía

http://74.125.45.104/custom?q=cache:roapiwkGJn8J:white.oit.org.pe/spanish/260ameri/oitreg/activid/proyectos/ipec/documentos/plan_nacional_cetippat_completo.pdf+derecho+al+trabajador+relacionado+con+el+plano+nacional&hl=es&ct=clnk&cd=5&client=pub-4977668859770845

http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_laboral

http://www.clarin.com/diario/2006/07/27/um/m-01241345.htm

http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-110190-2008-08-22.html

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